5 cosas que cambiarán en 2021: edad de jubilación, pensiones, permiso de paternidad, cuota de autónomos y salario mínimo.

BAITERRA ASESORES S.L.

Llega 2021. Con él se dice adiós a un año que será difícil olvidar. Desgraciadamente, muchos no darán la bienvenida a la nueva anualidad. La esperanza es que lo que viene sea mejor que lo que se va. De momento, hay varias cosas que cambian en 2021 en el aspecto económico. Variaciones que afectarán directamente al bolsillo del ciudadano.

Algunas de ellas quedaron fijadas el pasado jueves 3 de diciembre con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). La aceptación de dichas cuentas daba el pistoletazo de salida para aplicar, con el nuevo año, las recomendaciones del Pacto de Toledo. Las cuales recibieron la anuencia del Congreso el 19 de noviembre.

1. La edad de jubilación se retrasa
Las principales modificaciones dimanantes de la renovación del Pacto de Toledo tienen que ver con la edad de jubilación y con las pensiones mínimas.

Puede llegar a resultar complicado explicar cómo va a ir variando la edad de jubilación en España en los próximos años. Por eso, lo mejor es ir paso a paso (o año a año).

Desde esta perspectiva, quien en 2021 llegue, como mínimo, a los 37 años y tres meses cotizados podrá jubilarse a los 65 años.

Si no se alcanza esa cantidad de años cotizados, la edad de jubilación para 2021 serán los 66 años. Se estipula que la edad de jubilación llegue a los 67 años en 2027. Entonces, se necesitarán haber cotizado 38 años y seis meses para jubilarse a los 65.

 

2. Las pensiones, conforme al IPC
En cuanto a las pensiones, que tanta polémica han generado en los últimos años, se recupera el IPC (Índice de Precios al Consumo) como referencia para la revalorización de las pensiones a partir de enero de 2021. Es decir, estas subirán un 0,9 % el próximo año, tal y como queda estipulado en los PGE. Supondrá un aumento de las pensiones mínimas contributivas de entre 2 y 11 euros mensuales. También se incrementa el número de años que se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión de jubilación: serán 24 en 2021, con la intención de llegar al objetivo de que sean 25 en 2022.

Se aprobó también –aunque no hay concreción en cuanto a la cantidad– una mejora de las pensiones mínimas de los pensionistas de edad avanzada que viven solos, sea la pensión de jubilación, incapacidad o viudedad.

 

3. El permiso por paternidad se iguala para ambos progenitores
Otra de las novedades económicas y sociales para 2021 es que, por primera vez, se igualará el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores, que podrán disfrutar de 16 semanas de prestación. Se convierte así España, subrayan desde el Ejecutivo central, “en uno de los países más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso, como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca”.

El proceso para igualar ambos permisos de manera progresiva se recoge en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado en marzo de 2019. Con la entrada en vigor de esta norma, el 1 de abril de 2019, el anteriormente llamado permiso de paternidad pasaba de cinco a ocho semanas para el resto del ejercicio, una duración que se aumentaba hasta las 12 semanas para todo 2020, antes de la equiparación a 16 semanas a partir de 2021.

Las 16 semanas de permiso para ambos progenitores, explican, se podrán dividir de la siguiente manera:
Seis semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto
Las diez semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los doce meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.

Asimismo, hay 3 supuestos en los que este plazo se puede aumentar:
Ampliación en una semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
Ampliación en una semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a siete días) a continuación del parto, hasta un máximo de trece semanas.

 

4. Podría llegar la adaptación de la cuota de autónomos a los ingresos reales
Todo lo comentado anteriormente son cambios ya fijados y de segura aplicación. Estos dos últimos están aún en el aire. En primer lugar, la adaptación de la cuota de autónomos a los ingresos reales de los mismos. En enero de 2019 se pergeñó el primer borrador en esta línea, pero, hasta el momento, los trabajadores por cuenta propia sólo han visto crecer sus cuotas. Ni rastro de esa posible adecuación a la situación económica del negocio. El tiempo dirá si esta intentona es la definitiva.

5. El salario mínimo interprofesional también podría subir en 2021
Tampoco está claro que se produzca una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional. El último aumento se firmó el 30 de enero de 2020 y lo dejó en 950 euros. Una cantidad notablemente superior a los 633,3 euros mensuales que marcaban el SMI una década antes. El objetivo del Gobierno es que vuelva a crecer en 2021 y, sobre la mesa, está la propuesta de los sindicatos de llevarlo a los 1.000 euros mensuales. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ya ha anunciado que convocará la mesa de diálogo social antes de que termine 2020.

Junto con estas cosas que cambian en 2021, la ilusión general es que el mayor viraje de rumbo tenga que ver con el aspecto sanitario. La posible pronta activación de la vacuna es un rayo de luz al que la ciudadanía y la economía desea asirse cual salvavidas. Pero aún habrá que esperar.