Si quiere vender por internet, no se olvide de la ley.

BAITERRA ASESORES S.L.

Cuántas veces ha escuchado lo fácil y sencillo que resulta abrir una tienda online, cientos o miles de veces ¿verdad? Le dirán que es bastante más rápido y barato, pero esto no es del todo cierto, hay mucho mito y leyenda urbana que vamos a tratar de aclarar en las siguientes líneas.


Si tiene intención de crea un e-comerce el único trámite que se ahorrará respecto a la apertura de una tienda física es, la licencia de apertura, pero en contrapartida tendrá que asumir las obligaciones legales derivadas de la Ley Orgánica de protección de datos y garantía de derechos digitales o las impuestas por la Ley de servicios de la sociedad de la información

Veamos qué ocurre en dos casos: si tiene tienda abierta al público o no.

En el supuesto de que solo pretenda vender en «el espacio digital» y carezca de un comercio físico, recuerde que, además de tener claro sus objetivos nadie le librará de dotarlos de una forma jurídica reconocida por la legalidad vigente. (Sociedad Limitada unipersonal, autónomo, coopertiva etc)

Deberá acudir a un punto PAE (BAITERRA ASESORES es un punto PAE), o tendrá que redactar unos estatutos a medida. En cualquier caso, deberá darse de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social y especificar un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas. Si opta por ser autónomo tenga en cuenta que está eximido del pago del IAE, ya que solo tienen esa obligación las entidades con una cifra de negocios superior a 1.000.000 de euros.

Y recuerde que el espació digital no tiene límites y muchas de sus ventas podrán provenir de más allá de las nuestras fronteras por lo que tendrá que darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Si solo busca incorporar internet como un complemento de su actividad y ya estás dado de alta como autónomo o sociedad, solo deberá presentar una declaración censal en la Agencia Tributaria donde informe del nuevo epígrafe del IAE y cumplimentar para la Seguridad Social el formulario TA-521.

Aviso Legal y condiciones de contratación

Cuando a través de nuestra web ofrecemos productos o servicios el aviso legal debe incluir las condiciones de contratación.

Antes de iniciar el proceso de compra, se debe facilitar al cliente, o mejor dicho al consumidor, la siguiente información:

• Las características principales de los bienes o servicios ofertados

• El precio (incluidos impuestos y gastos de envío)

• La lengua o lenguas en las que puede formalizarse el contrato

• La descripción detallada del proceso de compra.

• Los códigos de conducta a los que esté adherido, en su caso, y la forma de consultarlos electrónicamente.

• Los medios de pago y la fecha de entrega

• La existencia de garantía legal (2 años)

• La duración del contrato y condiciones de permanencia si existen

• La descripción del derecho al desistimiento en los términos legalmente establecidos El derecho de desistimiento está limitado a un plazo mínimo de 14 días naturales, a contar desde la recepción de los productos o de la celebración del contrato de prestación de servicios. Sin embargo, este plazo se ampliará hasta 12 meses en el supuesto de que el vendedor haya incumplido con sus obligaciones de información.

• La obligación de devolver todos los gastos (precio y gastos de envío) en caso de desistimiento, etc.

• El procedimiento para atender reclamaciones y en su caso, si estamos adheridos a algún sistema extrajudicial de resolución de conflictos.

• Si va a archivar el documento electrónico del contrato y si va ser accesible

• Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir los errores en la introducción de los datos antes de confirmarlos.

Recuerde que no podemos establecer el fuero que más nos convenga como, por ejemplo, el domicilio donde nos encontramos, pues la ley de consumidores entiende que debe demandarse en el domicilio del consumidor. Si ponemos otra cosa, esa cláusula tendría la consideración de abusiva, no sirviendo además para nada, porque regiría el fuero establecido por la norma indicada.

Tras la contratación

Se tendrá que ocupar de confirmar la recepción de la aceptación del cliente dentro de las 24 horas siguientes a su emisión. Normalmente a través de un mail.

Si no ha especificado el plazo de entrega, recuerde que deberá realizarse en un máximo de 30 días desde la compra.

El comprador podrá desistir de la compra en un plazo de 14 días desde que recibió el producto, sin necesidad de alegar causa alguna y sin ningún coste.

Registro de Empresas de Venta a Distancia.

La obligatoriedad de inscripción en este Registro depende de los objetivos que pretenda, si solo va a vender por Internet, olvídese, no tendrá que inscribirse. Pero si tiene intención de vender por catálogo, es decir, si facilita un número de teléfono donde los usuarios puedan comprar productos, entonces sí que deberá inscribirse.

Por lo demás, su aviso legal también deberá respetar las obligaciones información vigente impuestas respecto a: las condiciones de uso, política de cookies y protección de datos.

Si no cumple estos requisitos básicos puede que nunca tenga problemas pero no olvide que los usuarios valoramos cada día más la transparencia en la información vertida en las páginas webs por las que navegamos. Esta es la causa por la que cada día somos más los consumidores que optamos por una oferta con garantías de seguridad y fiabilidad. La prudencia se impone en un mundo todavía poco conocido. Nadie se arriesgará a contratar algo en una web en la que no aparezcan claramente definidos los datos de contacto o las condiciones generales de compra o contratación.